Tirón de orejas a la Junta por dejar en la calle a una familia con tres hijos tras un desahucio

El Procurador del Común ha recomendado a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León que “pondere adecuadamente” el derecho a la vivienda de los ocupantes en los casos de los desalojos de viviendas públicas vacías por familias en situación de exclusión social, en especial en aquellas en las que hay menores. La propuesta del Procurador del Común pasa por que se ofrezca con carácter previo al desalojo de la vivienda, soluciones residenciales “alternativas” y la atención social necesaria.

Esta resolución surgió a raíz de una queja que describía la situación de una familia con tres hijos menores que iba a sufrir el inminente desalojo de la vivienda pública que ocupaba de forma ilegal. El desahucio fue ordenado judicialmente, a instancia del Servicio Territorial de Fomento, dos días después de la presentación de la queja y, a la vista de este mandato judicial, la familia se vio obligada a abandonar la vivienda pocos días más tarde. El Procurador del Común observó, tras conocer el informe de la Junta, que la actuación “no había sido correcta” puesto que ante la ocupación de una vivienda de titularidad pública se había instado a su desalojo “sin considerar la situación de vulnerabilidad de las personas afectadas” y sin adoptar medidas dirigidas a “garantizar un alojamiento alternativo y la asistencia social correspondiente”.

De esta forma, se considera que se causó “una situación de grave riesgo para la familia afectada”, y no se tuvo en cuenta lo exigido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, órgano que, en atención a la protección internacional del derecho a la vivienda, ha paralizado en varias ocasiones desalojos de viviendas ocupadas ilegalmente hasta conocer las medidas relacionadas con el alojamiento y asistencia social adoptadas por las autoridades internas.

Por otra parte, en la queja planteada también se evidenciaba otra problemática de la que se ha venido ocupando el Procurador del Común en diversas ocasiones, como es la existencia de viviendas públicas vacías y, por tanto, susceptibles de ser ocupadas ilegalmente. Al respecto, se ha recordado una vez más a la Junta que debe adoptar las medidas necesarias para que estas viviendas se integren en las reservas de viviendas desocupadas para colectivos en riesgo de exclusión social y para el parque público de alquiler social, y se adjudiquen a las personas y familias que presenten una situación de necesidad de vivienda acuciante.

En definitiva, con la Resolución dirigida a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente “no se pretende legitimar o amparar ocupaciones ilegales de viviendas públicas vacías, sino garantizar que se adopten las medidas precisas para que, por una parte, no se produzca esa situación de desocupación de tales viviendas y, por otra, que, en los supuestos de ocupación irregular, se garantice, en todo caso, el respeto del derecho a la vivienda de los ocupantes, especialmente si hay menores de edad”, recoge la resolución.

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