Confirman dos años de cárcel para un septuagenario por intento y agresión sexual a dos niñas en San Andrés

Agentes de la Policía Local de San Andrés del Rabanedo, en una imagen de archivo.

Agencia EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena de dos años y tres meses de prisión impuesta a un hombre de 73 años, con antecedentes por hechos similares, por agredir sexualmente a dos niñas de 10 y 11 años a través de la valla de un colegio en la localidad leonesa de San Andrés del Rabanedo.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL ha desestimado íntegramente el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado y ratifica la resolución dictada el pasado mes de febrero por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León.

Los hechos se remontan a febrero de 2024, cuando el acusado paseaba con sus perros por las inmediaciones de un centro educativo.

Aprovechando que las menores se acercaron a la valla del recinto escolar desde el interior para acariciar a los animales, el hombre realizó tocamientos a una de las niñas y lo intentó con la otra, con el único fin de satisfacer sus deseos, según detalla la resolución. Fue entonces detenido por agentes de la Policía Local de San Andrés.

El tribunal ha aplicado la circunstancia agravante de reincidencia, dado que el procesado ya había sido condenado en firme en 2019 por otro delito de abuso sexual a una persona menor de 16 años, y en el momento de los hechos se encontraba dentro del periodo de suspensión de esa pena.

En concreto, la condena impone un año y seis meses de cárcel por el delito consumado de agresión sexual a menor de dieciséis años, y otros nueve meses por el delito en grado de tentativa sobre la segunda menor.

Además de la pena privativa de libertad, la sentencia ratifica la imposición de libertad vigilada, que se ejecutará tras la salida de prisión, y la privación de la patria potestad o derechos de tutela durante tres años así como la prohibición de acercarse a menos de cien metros a la primera víctima durante cuatro años y a la segunda durante tres.

En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a las víctimas con un total de 4.000 euros, 3.000 para una de las menores por el daño moral y el cuadro de ansiedad reactivo sufrido, y 1.000 para la otra.

Contra esta resolución del TSJCyL cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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