El 23J, esa oportunidad (I): Aquellos arquitectos transicionales

Resulta patético escuchar al coro de arquitectos de la Transición, mayorcitos unos, instalados en la senectud los más, elevar el canto patriótico contra el presidente en funciones del Gobierno, acusándolo de entregar España a los separatistas y terroristas a cambio de mantenerse en el poder.

No les importa a esos señores que el marrón que el señor Sánchez hoy se tiene que comer se lo dejaron preparado ellos por esas mismas ansias de poder. En cambio, sí están dispuestos a dejar de lado las comodidades que la España Transicional les brindó, para formar brigadas de albañiles de chapuzas, dispuestos a apuntalar el edificio que ya ven desmoronarse, carcomido por mor de indultos a secesionistas, blandura con los malversadores y absoluta pusilanimidad a la hora de tirar del 155 CE o de ilegalizar partidos, esos equipos a los que quieren ver fuera de la liga democrática por el mero hecho de tener cada día más apoyo popular o, simplemente, por ser decisivos a la hora de gobernar.

Seguramente se deba a la senilidad el que no recuerden las palabras del catedrático Manuel García-Pelayo, al que luego harían primer presidente del Tribunal Constitucional: “Estimo que el texto aprobado por la Comisión senatorial no cumple con las condiciones mínimas de funcionalidad de un precepto constitucional…, abre paso a interpretaciones teóricas y prácticas de gravedad incalculable y, sobre todo, proporciona un arsenal de argumentos jurídicos que pueden ser esgrimidos, sea articulados en estrategias políticas audaces y de largo alcance, sea para finalidades más modestas…, pero no por eso menos perturbadoras del sistema político y la vigencia del orden constitucional”.

O las del profesor Tomás y Valiente, quien fuera también presidente del Tribunal Constitucional: “Don Manuel García Pelayo me dijo en una ocasión que a su entender la Constitución de 1978 se había hecho más con la preocupación de conjurar problemas del pasado que para resolver los del futuro”. O las del Profesor Laporta: “Si los supuestos del constitucionalismo y los postulados del historicismo como teoría jurídica no coinciden al señalar la naturaleza del sujeto político y su ámbito territorial, el conflicto político está servido”. O las de Gregorio Peces Barba cuando reconocía que el Artículo 143CE “tiene a veces una deficiente técnica jurídica y algunas oscuridades que van a exigir esfuerzos de interpretación y una gran dosis de buena voluntad de todos aquellos sectores que coinciden con la lógica interna última del título”.

Y, sin embargo, aquellos arquitectos de otrora sí se habían dado cuenta tempranamente de que bien pudieran haberse equivocado, justo cuando en las primeras elecciones autonómicas de Cataluña y el País Vasco los partidos centralistas perdieron cientos de miles de votos, respecto de las Generales de marzo del 1979, a favor de los regionalistas.

No se les ocurrió otra cosa que crear una súper comunidad autónoma central, la España sagrada que formaban las provincias de los antiguos Reinos de León y las que quedaban del de Castilla, dando lugar al pastiche-conglomerado castellano-leonés

Su respuesta fue verdaderamente audaz: no se les ocurrió otra cosa que crear una súper comunidad autónoma central, la España sagrada que formaban las provincias de los antiguos Reinos de León y las que quedaban del de Castilla, dando lugar al pastiche-conglomerado castellano-leonés, que con su descomunal fortaleza centrípeta neutralizaría cualquier intento centrífugo de secesión. Y ya sabemos cómo acabó el cuento.

Pero, hoy, en lugar de avergonzarse por las tropelías que cometieron -alguno coaccionando, otro expulsando a alcaldes por el mero hecho de defender lo que pedían sus pueblos, como hemos sabido en reciente entrevista radiofónica de uno que sufrió en sus carnes la ira de Felipe González y Alfonso Guerra, y en otros testimonios audiovisuales las de Santiago Carrillo, Martín Villa o Leopoldo Calvo-Sotelo-, siguen burlándose de cualquier intento reparador de aquella injusticia histórica de privar a los pueblos de León y de Castilla del autogobierno del que gozan los 13 restantes pueblos de España, empecinándose en seguir promoviendo esa fallida Comunidad Autónoma de Castilla y León. “Razones de Estado” llamaron entonces a aquel cuento que solo creyeron los crédulos por obligación, cuando lo que había detrás eran razones personales y partidistas, afirmación que ha sido demostrada hasta la saciedad. 

Pero no había problema, a aquellos arquitectos “transicionales”no les importó saltarse la Constitución que acababan de aprobar sacando adelante, con nocturnidad y alevosía, la tarde-noche del 16 de diciembre de 1980, dos Leyes Orgánicas que el mundo jurídico reconoce como inconstitucionales, y que si no lo son es porque a nadie se le ha ocurrido someterlas al juicio del Tribunal Constitucional.

Al respecto, cómo ignorar las palabras de la profesora Girón Reguera: “Mediante las dos leyes orgánicas referidas se permitió que Andalucía se cons­tituyese en Comunidad Autónoma de primer grado, pero en el ámbito jurídico el fin no justifica los medios, y el proceso que se siguió en Andalucía para la consecución de este fin no resiste un análisis jurídico de constitucionalidad. Al margen de la posible vulneración del principio de seguridad jurídica (art. 9.1 CE) por el carácter retroactivo del que se dotó a la LO 12/1980, … un importante sector doctrinal ha cuestionado la constitucionalidad del pro­ceso seguido por la región andaluza.

O las de otros autores, como el profesor Ruipérez Alamillo: “La solución arbitrada para el caso andaluz supone una violación del texto constitucio­nal”, pues “la LO 12/1980 supone que, sin que se haya observado el cauce constitucionalmente previsto para la revisión, se ha producido una auténtica reforma de la iniciativa autonómica en esta vía”, dejando constancia de que lo que el legislador orgánico de 1980 hizo fue “positivizar en una norma jurídica lo que fácticamente había sucedido en Andalucía”.

Para otros, como Tomás Villarroya, la solución al problema andaluz supuso “la violación posible­mente más retorcida de la Constitución, entre todas las que acompañaron al proce­so autonómico de las Comunidades”, de forma que “Andalucía llegó a la autonomía por una vía singular, trazada mediante el derribo calculado de las líneas fijadas en la Constitución”.

El maravilloso Estado Autonómico Español se construyó sobre la base de acuerdos preconstitucionales (...) sacrificando el derecho de los leoneses y de los castellanos a tener su propio autogobierno

El maravilloso Estado Autonómico Español se construyó sobre la base de acuerdos preconstitucionales, de entes preconstitucionales y preautonómicos; de Disposiciones Adicionales y Transitorias para que las Comunidades “históricas” pudieran acceder a la Autonomía de forma privilegiada; de LLOO inconstitucionales para que Andalucía, después del fiasco de Almería, pudiera acceder por la vía del 151, y de los Pactos Autonómicos (aconstitucionales) de 1981 (Felipe González y Leopoldo Calvo-Sotelo), para adaptar la Historia a los acuerdos políticos cuando empieza el desmadre lógico del “café para todos”, sacrificando, como se ha dicho, el derecho de los leoneses y de los castellanos a tener su propio autogobierno.

Lo mismo se puede decir cuando llegó el momento de la consolidarlo mediante la Reforma estatutaria pertinente, la del desarrollo competencial, basada en los Segundos Pactos Autonómicos (Felipe González y José María Aznar), también aconstitucionales, que lo fiaron todo a lo logrado por catalanes, valencianos, aragoneses y mallorquines, merced a la introducción de los “derechos propios”, desencadenando una nueva fiebre nacionalista que llevó a que incluso el PP de Castilla y León se embarcara en el intento de convertir a esa Comunidad en una nacionalidad histórica basada en el derecho consuetudinario, logrando, no obstante, en 2007, mofarse de la Constitución, al sacar adelante un Estatuto que, no siendo una reforma del de 1983, sino un Estatuto de nuevo cuño, no debería haber sido aprobado por el articulado previsto en la reforma de éste, sino por lo que para la aprobación de nuevos Estatutos contempla la propia Constitución.

Tampoco les importó a aquellos arquitectos transicionales arrebatar al pueblo español para el que, supuestamente, trabajaban la capacidad de decidir sobre los pilares de su entramado arquitectónico institucional fundamental, engañándolo miserablemente, como reconoció el presidente Suárez cuando, según los resultados de una encuesta que él había promovido, resolvió, por la sencilla razón de que a la clase política podría irle mal, que la elección del Régimen, Monarquía o República, era algo que le quedaba grande al pueblo, y por eso metió al Rey en el “paquete constitucional” (el régimen, la forma de gobierno y la ley electoral); o, también, privándolo de unas auténticas Cortes Constituyentes, lanzándole a la cara unas Cortes Constituidas con la misión exclusiva de sacar adelante ese mismo paquete constitucional, precocinado en etapa no democrática.

Tampoco les importó mirar para otro lado cuando la monarquía constitucional comenzó a corromperse, poniéndose al servicio de los intereses personales del campechano monarca

Como tampoco les importó mirar para otro lado cuando la monarquía constitucional comenzó a corromperse, poniéndose al servicio de los intereses personales del campechano monarca, máximo representante de la marca España puesta a disposición del beneficio familiar. ¡Cómo iban a reprochárselo al padre de la familia convergente, cuando decidió que los beneficios debían converger en la sagrada familia personal! ¿No se puso entonces sobre la mesa la amenaza de la República?

Ahora, ante la caída libre de la calidad de la Sanidad o el descabezado deambular de la Educación, debido precisamente a la pésima gestión de un presidente de Gobierno que no tiene competencias ni en Sanidad ni en Educación, resulta que la única España en verdadero peligro no es la social, sino la territorial, esa misma que los señores arquitectos transicionales diseñaron y ejecutaron, buscando ahora la redención ofreciéndose como albañiles, dispuestos a tapiar la entrada en política de los malvados antiespañoles que solo entienden de las patrias cantonales que permitió esa misma Constitución, pero que, a pesar de ello, a toda costa hay que salvar, no sea que, si se toca algún pilar, queden bajo escombro todos los libre mercadillos que operan al cobijo de la torre monárquica.

"Francamente, creo que ya es hora de mandarlos callar, singularmente a los socialistas de entonces y a los populares tanto de ayer como de hoy."

Y con estos mimbres, con ese capital moral, ¿cómo se atreven a criticar la catadura moral de otros?, ¿cómo a censurar la elaboración de nuevos criterios políticos que permitan a los actuales representantes de la soberanía popular sacar adelante una España huérfana desde 1812 de modelo territorial constitucional?

Francamente, creo que ya es hora de mandarlos callar, singularmente a los socialistas de entonces y a los populares tanto de ayer como de hoy. Aquéllos, máximos responsables de que el Estado Autonómico sea aconstitucional, erigido sobre los Pactos Autonómicos de 1981 y 1992, y los populares de hoy porque solo han sabido quedarse con lo peor de los de ayer, como lo prueba con quién se quieren “adobar”.

Ha sido necesario un 23J para que se empiece a escuchar a quienes desde hace mucho tiempo vienen diciendo que hay que volver a empezar. No de nuevo, pues son demasiados los errores cometidos como para no haber aprendidode alguno. Y es que los resultados del 23J ofrecen muchos problemas para formar Gobierno, pero son inimaginables los que van a afectar a la gobernabilidad. Y es ahí, precisamente, donde reside su virtud, su oportunidad, en que ni unos ni otros, con este resultado electoral y con los que previsiblemente vendrán, podrán gobernar, ni con esta Constitución ni con esta Ley Electoral. Pero, por encima de todo, la grandeza de esos resultados está en que puede salvar las cabezas de Núñez Feijoo y de Pedro Sánchez. Digo grandeza y digo bien, porque solo por intereses personales cabe esperar que, por carambola, queden protegidos los de la Nación.

La Constitución del 78 es un sinsentido en materia territorial, plagada de incongruencias, deficiencias, insuficiencias de parvulario, exorbitancias, mutaciones de espíritu sin cambio de la letra…

Lo sabe todo el mundo que ha seguido la política con algo de regularidad desde que por méritos propios el bipartidismo comenzara a darse tiros en los pies: hay un referéndum sobre el Régimen pendiente, continúen o no con la venda en los ojos los populares y sigan con la pinza en la nariz los socialistas, “republicanos de toda la vida”, que algún día van a tener que usar para respirar y así permitir a la boca que diga alguna verdad. La Constitución del 78 es un sinsentido en materia territorial, plagada de incongruencias, deficiencias, insuficiencias de parvulario, exorbitancias, mutaciones de espíritu sin cambio de la letra… en fin, para qué seguir.

Pero no se puede estar engañando al pueblo por toda la eternidad, pues hasta las monjitas de los claustros protestarán ante quien vaya a ayudarles a meter el voto en el sobre sabiendo que es para seguir riéndose del pueblo de Dios, al que un día le contaron el chiste de que las Cortes del 78 eran las Cortes Constituyentes que pide a gritos todo final de régimen; que una Ley Electoral lo primero que debe salvaguardar es el derecho de igualdad, permitiendo que el voto de un español valga lo mismo en cualquier parte de España cuando se está votando en elecciones al Parlamento Nacional, donde lo que allí se ventile sean los derechos sociales que afectan a todos por igual, y que el voto de cada gallego, vasco o murciano valga lo mismo cuando las elecciones sean a sus respectivos parlamentos regionales; que el Senado debe ser antes de la llegada del Juicio Final una cámara territorial, donde habrá que estudiar las fórmulas pertinentes, simétricas o asimétricas, para evitar que unos territorios estén sobreprotegidos y a otros les nieguen el pan y sal; que hay que enmendar injusticias que van camino de convertirse en históricas por el tiempo que llevan campeando a sus anchas(por ejemplo,las ya citadas contra el pueblo leonés y el castellano); que los únicos hechos diferenciales que puedan darse en el Estado español se deban a los que dentro de cada región o nación decidan ejercer para buscar lo mejor para sus “diferentes” y no por apelaciones a la historia recogidas en Disposiciones Adicionales y Transitorias que a quienes primero avergonzarían sería a sus propios antepasados.;… y porque no se puede estar indefinidamente diciendo a la gente que “este no es el momento”.