León tendrá que devolver más de 100.000 euros por cobrar de más a las empresas que reformaron el Parador de San Marcos

El Parador Nacional de San Marcos, conocido como el Hostal de León, antes de su primera reforma en 2017.

Carlos J. Domínguez

El Ayuntamiento de León tendrá que afrontar una vieja deuda de hace ocho años, un 'recado' envenenado que procede de la heredada de la última Corporación municipal del Partido Popular (PP). Supondrá un desembolso obligado por una sentencia judicial que superará los 100.000 euros, relacionada con el viejo proyecto de la primera fase de reforma del Parador Nacional de la capital leonesa, en León conocido como Hostal de San Marcos.

En concreto, el actual equipo de Gobierno que preside el alcalde socialista, José Antonio Diez, deberá devolver más de 100.000 euros, entre la cuantía principal, intereses y costas judiciales. El dinero tendrá que ser ingresad en la cuenta de la unión temporal de empresas (UTE) encargada de la reforma del Parador de San Marcos en el año 2018. Se trata de la ejecución de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León, la cual que corrigió el cálculo de varios impuestos municipales a aquella obra, en concreto en abril de hace ocho años. Aunque la resolución judicial fue dictada el 26 de septiembre de 2022, ha cobrado plena actualidad después de que la Junta de Gobierno Local acordara su ejecución en la sesión celebrada el pasado 6 de marzo: de este modo, la Corporación asume que ya no hay forma de pleitear más e impedir el pago.

El fallo de 2022 obliga al Consistorio a rehacer las liquidaciones del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y de la Tasa por Licencia Urbanística (TLU). El Alto Tribunal autonómico dio la vuelta a una decisión judicial previa, que desestimaba la reclamación de la UTE. Pero las dos empresas, ambas del grupo FCC -FCC Construcción y FCC Industrial e Infraestructuras Energéticas-, consideraban que se inflaron indebidamente las bases imponibles sobre las que aplicar ambos tributos durante la tramitación de las obras del emblemático monumento leonés, después de años de incumplimientos y retrasos en esa reforma.

Como consecuencia, finalmente el TSJ reconoce a las compañías el derecho a recuperar exactamente 98.923,30 euros abonados en exceso al Ayuntamiento, una cantidad que supera con creces los 100.000 euros se suman los intereses legales de tantos años y las costas del proceso que formaron parte de la condena final.

El origen del litigio se remonta a las liquidaciones complementarias giradas por el Ayuntamiento en relación con la primera fase de las obras de reforma del Hostal de San Marcos. Aquellos trabajos habían sido prometidos en origen por el Gobierno central socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, iniciados con retraso por el popular de Mariano Rajoy y retomado después por otro socialista de Pedro Sánchez, pero en todo momento ejecutadas durante el mandato local del PP, siendo alcalde Antonio Silván y Agustín Rajoy, primo del presidente estatal, como el concejal de Hacienda y Régimen Interior que firmó los cobros mal calculados. La UTE recurrió dichos cálculos al considerar que se habían incluido conceptos improcedentes en la base imponible, elevando artificialmente la cuantía a pagar.

Agustín Rajoy, exconcejal de Hacienda, y Antonio Silván, exalcalde de León, durante su gobierno municipal.

En primera instancia, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de León inadmitió el recurso al entender que la UTE carecía de legitimación activa, al no ser el sujeto pasivo directo del impuesto, condición que consideraba que le correspondía a Paradores de Turismo de España como promotor de la obra, y no haber interpuesto recurso previo en su propio nombre. Sin embargo, el TSJ en un auto consultado por ILEÓN revocó este criterio y dio la razón a las empresas, apoyándose en la doctrina del Tribunal Supremo, que reconoce legitimación a quienes asumen contractualmente el pago de los tributos o actúan como sustitutos del contribuyente al ejecutar la obra.

Más allá de la cuestión formal, el núcleo del conflicto residía en cómo se determinó la base imponible del impuesto de construcción y de la tasa urbanística. El tribunal establece que ambos tributos deben calcularse exclusivamente sobre el coste de ejecución material de la obra, excluyendo partidas como los gastos generales y el beneficio industrial, los honorarios profesionales -entre ellos los derivados del seguimiento arqueológico que obligatoriamente hubo que hacer -y que deparó algunas sorpresas- y los costes de seguridad y salud, control de calidad y gestión de residuos.

La ministra Reyes Maroto prometió la segunda fase del Parador de San Marcos en una visita en 2023.

Asimismo, la sentencia determina que debía aplicarse la baja de adjudicación, que se cifró en 25,16% menos, incluso en las liquidaciones provisionales, al reflejar el coste real y efectivo de la obra. Como resultado de estas correcciones, la base imponible se reducía desde más de 17 millones de euros iniciales hasta exactamente 10.772.772,58 euros, lo que rebajaba de forma significativa la carga tributaria. De ahí entiende el Tribunal que surge el derecho a devolución de la mayo cifra pagada en su día.

A pesar de los ocho años transcurridos desde el inicio de aquella polémica y seis desde que se inaugurara aquella primera fase que transformó interiormente el monumento protegido de San Marcos, no sin una fuerte polémica por el gran cambio de su aspecto, todavía sigue pendiente la prometida segunda fase, que debería ampliar en gran medida el espacio de alojamiento y servicios del Parador de cinco estrellas, dado que a día de hoy no se alcazan ni las 50 habitaciones de las casi 300 que tenía antes de la primera fase. El actual Gobierno lanzó en marzo de 2023 la última promesa del diseño de la ampliación, con más habitaciones y espacios para eventos y bienestar, y se cumplen ahora tres años sin más noticias ni de inversión ni de plazos de ejecución.

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