El jurado declara autores a tres de los acusados y cómplice al cuarto por el asesinato del joven en Valdefresno en 2020

Agencia ICAL

El jurado popular encargado de juzgar a las cuatro personas por la muerte por un disparo de un joven de 25 años en un camino rural en el término municipal de Valdefresno en febrero del año 2020 emitió este viernes por la noche un veredicto de culpabilidad contra todos ellos, al considerar que “participaron decisivamente los cuatro acusados, que se aprovecharon de la superioridad de ser cuatro contra uno”.

A tres de ellos, E.C.C. -autor confeso del crimen y único en prisión-, H.C.V. y A.M.A., les consideraron culpables por su participación como autores, mientras que al cuarto, J.L.J., le consideraron cómplice de los hechos.

El jurado consideró probado que los cuatro acusados, junto a la víctima, se dirigieron al paraje rural en el vehículo de H.C.V. y que E.C.C. llevaba consigo escondida una pistola, a pesar de que en su declaración, este dijera que el arma la llevaba la Dawry. Asimismo, según el relato que hoy se consideró probado, el único de los acusados que se encuentra en prisión sacó la pistola, apuntó a la víctima y le disparó en la cabeza, a pesar de que este, en preguntas a las partes, asegurase que el arma se había disparado sola en un forcejeo para quitarle el arma.

Respecto al resto de los acusados, el jurado popular también consideró probado que tanto A.M.A. como J.L.J., “querían y deseaban el crimen” y que E.C.C. les apuntó con una pistola y les amenazó, así como H.C.V., de quien además consideraron probado que, en aquel momento, “tenía ligeramente disminuidas las capacidades intelectivas”.

De acuerdo a este relato, el jurado popular consideró a E.C.C. culpable por unanimidad por su participación como autor en los hechos, así como por tenencia de un arma corta. En cuanto a H.C.V., le consideraron culpable también como autor, por mayoría de ocho votos a uno, al igual que a A.M.A., en este caso por mayoría de siete a dos. Finalmente, para J.L.L. emitieron un veredicto de culpabilidad, por mayoría de siete a dos, por su participación como cómplice en los hechos.

El Ministerio Público solicitó para el autor confeso del disparo, E.C.C., una pena de 14 años de prisión por un delito de homicidio con abuso de superioridad y 18 meses por otro de tenencia ilícita de armas, y a otros 14 años a A.M.A., mientras que en caso de H.C.V. se reduce a 12 años y seis meses por el atenuante de disminución de capacidad. Para J.L.J solicita una pena de ocho años de prisión por su participación en calidad de cómplice. A estas peticiones se sumó la acusación particular.

Por su parte, la defensa de H.C.V. se mostró también conforme con la petición para su cliente, mientras que la de E.C.C. pidió que su responsabilidad penal “se gradúe en su responsabilidad mínima”. En el caso de A.M.A., insistió que “en ningún momento intervino en los hechos”, así como J.L.J, quien “está en el mismo caso”, por lo que para él “no es entendible” la consideración del jurado popular, de modo que solicitó la absolución de ambos.