El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha propuesto juzgar a una organización criminal constituida en torno a la empresa Hafesa Energía que, en el periodo comprendido entre 2016 y 2019, habría cometido supuestamente un fraude fiscal en concepto de IVA de hidrocarburos superior a los 154 millones de euros. Y uno de los investigados en la trama es el abogado ubicado en León José Ignacio de Torres de Dios.
En el auto de pase a procedimiento abreviado se relatan los presuntos delitos cometidos por la trama, encabezada según el juez por el presidente del Grupo Hafesa, Alejandro Hamlyn; el director general de la mercantil y su lugarteniente y expolítico del PP de Galicia, José Norberto Uzal, así como a otra veintena de personas, por delitos de organización criminal, blanqueo de capitales y cuatro delitos contra la Hacienda Pública.
La vinculación del abogado de origen gallego pero asentado en León es, según el auto al que ha tenido acceso este periódico, por el uso de una sociedad mercantil domiciliada en la ciudad de León y de la que tenía el 10%, León Intermediación y Relaciones Públicas SL, que se habría usado para blanquear un millón de euros del grupo.
Según el juez se considera acreditada la existencia de una organización constituida en torno a la mercantil Hafesa Energía, “que ejerce su actividad en el sector de hidrocarburos, dirigida por su presidente y socio único, Alejandro Hamlyn, que valiéndose del apoyo del director general, José Norberto Uzal, y a través del resto de encausados en la presente causa, situados en otros niveles inferiores, ha diseñado, implementado, dirigido y ordenado, de forma opaca, tanto una operativa de fraude fiscal como de blanqueo de capitales, sirviéndose para ello de una estructura de sociedades mercantiles”.
Los encausados, continúa la resolución, crearon toda una red de sociedades mercantiles que, careciendo de estructura económica real, “son cascarones vacíos, operan como meros satélites de Hafesa Energía y el resto de encausados, cuyo único propósito es servir de instrumento para llevar a efecto un fraude en el Impuesto de Valor Añadido (IVA) que grava el comercio de hidrocarburos, interponiéndolas entre su posición y el consumidor final, utilizando la cantidad correspondiente al impago del impuesto como margen comercial de la sociedad instrumental”.
En definitiva, concluye, esas sociedades mercantiles “han sido dispuestas, creadas o adquiridas con la connivencia, el fomento, la participación o la acción directa, de los responsables de este grupo empresarial y han sido integradas en su estructura para la comisión de la operativa defraudatoria”.
Blanqueo de capitales de 46,5 millones de euros
El auto judicial señala que las cuotas defraudadas a través de las sociedades instrumentales han sido sometidas a un proceso de blanqueo de capitales por un total de 46,5 millones de euros, de los cuales aparece identificada la finalidad última respecto de casi 30 millones.
Los principales destinos a los que la organización criminal ha dedicado dicha cantidad son la compra de criptomendas (5,37 millones); transferencias a posiciones en el extranjero (5,37 millones); efectivo (5,71 millones); inversión en inmovilizado (3,13 millones); compra de vehículos (1,95 millones); cheques y talones -sin destino identificado- (1,52 millones de euros) e Inversión en otras empresas, como, por ejemplo, la compra de la operadora Sanvez (5,67 millones de euros).
En el caso de la empresa leonesa León Intermediación y Relaciones Públicas SL el auto explica que es una de las sociedad no vinculadas a la actividad del grupo que recibían fondos para destinarlos a otras cuestiones. En concreto esta sociedad era propiedad al 90% del considerado número 2 de la trama, el expolítico gallego José Norberto Uzal (90%), siendo el porcentaje restante (10%) del abogado José Ignacio de Torres de Dios, siendo además administrador. Según el juez, la empresa se usó por el líder del entramado, Alejandro Hamlyn, para comprar una propiedad como vivienda habitual, ubicada en una urbanización de San Sebastián de los Reyes.
En conversación con ILEÓN el abogado De Torres ha reconocido su participación en la empresa debido a su “personalísima” relación con Uzal, con el que se conoce desde la infancia aunque la relación actualmente no existe. De hecho De Torres ha explicado a este periódico que él mismo fue abogado de Uzal en esta investigación de la Audiencia Nacional que se inició en 2018, cesando esa representación en marzo de 2020. En mayo de este año fue llamado a declarar como investigado, antigua figura de imputado, y el juez Calama pide ahora que se le juzgue.
En el detalle del auto se explica que la operativa consistía en el ingreso de cantidades procedentes de las operadoras de hidrocarburos señaladas en León Intermediación, que a su vez traspasaba el dinero a Hafesa Participaciones, que compró el bien inmueble. En total se desviaron 1,055 millones de euros, cuya mayor parte se fue a la compra de la vivienda por más de 600.000 euros.
Por todo ello juez acusa al abogado José Ignacio de Torres de Dios de haber “realizado actividades de ocultación y encubrimiento de cantidades ilícitas procedentes del expresado fraude fiscal utilizando para ello la mercantil León Intermediación y Relaciones Públicas, de la que es administrador y socio”. A través de tales actividades ha conseguido integrar en el circuito legal 1,055 millones de euros. De esta cantidad 618.891 euros fueron invertidos en el inmueble de la urbanización Ciudalcampo, San Sebastián de los Reyes (Madrid), utilizado por Alejandro Hamlyn como vivienda.
De Torres de Dios declaró el pasado mes de mayo en la causa y según figura en el auto de pase a procedimiento abreviado “pretende eludir la responsabilidad de los hechos delictivos llevados a cabo utilizando esta mercantil sobre la base de que tanto dicha propiedad como su cargo de administrador eran meramente formales siendo José Norberto Uzal Tresandi el verdadero propietario y administrador, y que ello respondía a la relación de confianza que les unía habida cuenta de que se conocían desde la infancia”. De Torres asegura que su vinculación con la empresa era escasa más allá de su participación y de elaborar el modelo 303 de liquidación del IVA en Hacienda y que toda la responsabilidad de la gestión recaía en Uzal.
Pero para el juez, después del interrogatorio del pasado 6 de mayo, “tal manifestación deviene insuficiente habida cuenta de su condición de abogado, y por ende conocedor de la transcendencia de que ocupar un cargo de administrador y ostentar la propiedad de unas participaciones de manera meramente ficticia no suele tener otro fin, salvo expresa y cumplida acreditación, que ocultar actuaciones que podrán ser o no delictivas, pero desde luego no suelen ser lícitas”. El juez reprocha que el abogado “no revela qué motivos llevan a nombrarle administrador y regalarle un porcentaje de las participaciones de dicha sociedad ni qué finalidad se perseguía con tal actuación, sin que la mera relación de confianza atribuya por sí sentido alguno al hecho”, considerando que “los argumentos con los que se intentan justificar los diversos pagos recibidos desde esta mercantil no dejan de ser, en su mayor parte, meras alegaciones carentes del correspondiente sustrato documental”.
De Torres, que asegura no haber recibido la notificación de la Audiencia Nacional en el momento en que ILEÓN le contactó sobre la investigación, achaca a la instrucción errores graves como figurar cantidades que según él, la empresa leonesa no habría recibido y figuran en el auto de pase a procedimiento abreviado, además de otros que señala pueden vulnerar su defensa.
La resolución ahora está en manos del Ministerio Fiscal y las demás parte, para tienen un plazo para pronunciarse sobre la apertura del juicio oral, bien formulando escrito de acusación o pidiendo el sobreseimiento de la causa e incluso, excepcionalmente, solicitando la práctica de diligencias complementarias que consideren indispensables para formular la acusación. El abogado De Torres ha asegurado a este periódico que aportará documentación que demuestre su desvinculación de la operativa y por tanto pedirá el sobreseimiento en cuanto a su persona, único imputado ya que a la figura jurídica de la sociedad leonesa, a pesar de considerarse instrumento para el blanqueo, no se le piden responsabilidades.