El Juzgado de lo Mercantil número 8 de León ha dictado la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) en el caso de un hombre, vecino de la provincia leonesa, con una deuda de 35.000 euros que no podía afrontar, aplicándole la Ley de Segunda Oportunidad.
El afectado se vio envuelto en una espiral de endeudamiento que comenzó cuando sufrió una enfermedad que le impidió continuar trabajando. Según explican los abogados del despacho Repara tu Deuda que han gestionado su caso, “su estado de insolvencia se originó a raíz de una enfermedad”, por lo que se vio obligado a “solicitar los préstamos para hacer frente a sus necesidades básicas y médicas”. Sin embargo, su situación personal de salud no mejoró y llegó un punto en que “le resultó imposible devolverlos al caer en una situación de sobreendeudamiento”.
Desde el despacho recuerdan que “España aprobó la Ley de Segunda Oportunidad en el año 2015”. “Estamos ante una legislación nacida en Estados Unidos, país en el que se encuentra vigente desde hace más de 100 años, a la que se han acogido figuras tan relevantes como Walt Disney o Steve Jobs”, subrayan. En su espíritu se encuentra “ofrecer una reactivación en la economía a todas aquellas personas en situación de insolvencia para que puedan empezar una nueva vida desde cero, sin pagos pendientes”.
El concursado acudió a este despacho, entre otros muchos que gestionan casos similares, en busca de una solución, la cual ha encontrado. Y es que este mecanismo por vía judicial para personas literalmente arruinadas cada día está siendo más aplicado y más útil para impedir graves situaciones graves.
Además, valoran que “esta legislación permite a estas personas angustiadas liberarse de sus deudas si previamente cumplen una serie de requisitos”. En términos generales, indican que “es suficiente con que el concursado no haya sido condenado por delitos socioeconómicos en los últimos diez años, que se encuentre en un estado actual o inminente de insolvencia y que actúe durante todo el procedimiento de buena fe”.
La Ley de Segunda Oportunidad establece límites estrictos para evitar fraudes, y ciertos tipos de deudas no pueden ser perdonadas bajo ninguna circunstancia, como las relacionadas con pensiones alimenticias. Según datos del INE, en la provincia de León 19 personas solicitaron el concurso personal en el año 2019, cifra que aumentó a 33 en 2020, de las cuales 25 no tenían actividad empresarial.
Desde la última reforma legal, los datos ya no son desglosados a nivel provincial, ya que ahora los recopila el Colegio de Registradores. Sin embargo, a nivel autonómico, en Castilla y León se registraron 274 concursos personales en el tercer trimestre de 2024, frente a los 44 del mismo período en 2021, antes de la reforma. Este notable incremento es confirmado por abogados locales, también expertos en esta legislación, quienes lo atribuyen a la interpretación de las nuevas disposiciones legales.
Un derecho de las personas... pero con buena fe
Laura Burgos, abogada de León especializada en este ámbito, describe al perfil más común de solicitantes como personas que han acumulado deudas significativas con bancos y prestamistas privados, muchas veces a raíz de la pandemia o de negocios fallidos. “Es recomendable solicitarlo cuando existe una insolvencia inminente o cuando, pese a seguir trabajando, la deuda no disminuye”, explica Burgos. “La ley permite reinsertarse en el mercado laboral y evitar el pago de intereses excesivos”.
Burgos destaca que, aunque ahora la ley es más accesible y menos restrictiva, sigue teniendo condiciones importantes. El objetivo es lograr el perdón total o parcial de las deudas, pero el proceso varía en función de la situación de cada persona. “Es un derecho que tienen las personas, pero hay que actuar con buena fe”, recalca.
Además, señala que no se puede acceder a este beneficio si existen deudas tributarias pendientes, como sanciones de Hacienda o la Seguridad Social, las cuales deben ser saldadas previamente. Multas menores, como las de tráfico, no impiden el proceso. Por ello, Burgos recomienda verificar si existen estas deudas, ya que muchas veces aparecen publicadas en boletines oficiales y no son notificadas directamente.
Finalmente, para las personas cuya situación no les permite contratar un abogado hay también un turno de oficio para la ley de segunda oportunidad, aunque se excluye el pago a un posible administrador concursal, que cobrará sí o sí. “Ahora es un derecho para la gente, que si te va mal en la vida te puedas volver a levantar”, concluye la letrada, que considera que no obstante se debería analizar más la situación de la deuda pública para que sea una segunda oportunidad más real que nunca.