Ratifican la condena a 23 años y medio de cárcel al hijo mató a su madre en el 'crimen de Nochebuena' en León

EFE

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha ratificado la condena de 23 años y medio de prisión para un hombre como autor de un delito de asesinato con alevosía y ensañamamiento contra su propia madre, en el conocido como 'crimen de la Nochebuena'.

La sentencia, tras la deliveración del jurado popular, fue dictada el pasado noviembre por la Audiencia de León sobre un crimen cometido el 24 de diciembre del año 2022 en una vivienda en la capital leonesa. Fue entonces cuando, como corrobora este nuevo auto, el hijo atacó a su madre en su domicilio con un objeto contundente y cortante, causándole la muerte de forma alevosa y con ensañamiento, después de una violenta discusión en su casa.

Según se recoge en la sentencia, la mujer, de 58 años, intentó huir, pero fue alcanzada y sufrió múltiples heridas antes de morir degollada. El tribunal subrayó la extrema violencia del ataque y descartó que el autor padeciera alteraciones mentales o actuara bajo los efectos del alcohol o las drogas, y se descartó la versión del acusado de que no recordaba nada de lo sucedido.

El tribunal también consideró probado el ensañamiento y el sufrimiento de la víctima en cuyo cuerpo se registraron hasta treinta y una puñaladas, la última de ellas mortal de necesidad.

Quedó también probado que se encontró ADN de la víctima en la sangre hallada en las zapatillas del acusado y también se encontraron huellas del ahora condenado en la vivienda de la víctima y la escalera del inmueble, una prueba que junto al testimonio de una vecina que verificó la presencia del condenado y escuchó la discusión entre el agresor y la víctima, fueron claves para la sentencia.

Por su parte, la defensa centró la petición de absolución en los posibles trastornos mentales de su defendido, apuntado su consumo de estupefacientes y los supuestos brotes psicóticos que sufría y que le hacían perder la percepción de la realidad. Sin embargo, estos argumentos no fueron aceptados por el tribunal popular y tampoco sirvieron para rebajar la pena impuesta finalmente por el tribunal.

Contra esta ratificación cabe todavía recurso de casación en la misma Sala del TSJCyL para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.