La Justicia confirma cuatro años y siete meses de cárcel para un hombre en León por agredir sexualmente a una niña, hija de su pareja

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado íntegramente la condena de cuatro años y siete meses de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de León a un hombre por abusar sexualmente y de manera continuada de una niña, hija de su pareja. Los hechos ocurrieron en la provincia de León, cuando la menor tenía entre 10 y 12 años. El condenado convivía con ella y con su madre, con quien mantenía una relación sentimental, y había asumido durante ese tiempo funciones propias de un padre.

Según los hechos que la Audiencia Provincial declaró probados y que ahora mantiene el TSJCyL, el hombre realizó varios actos de carácter sexual con la menor aprovechando la convivencia familiar. La situación provocó en la menor miedo, angustia y desasosiego, además de problemas de sueño y dificultades en sus estudios.

El 10 de abril de 2023 la niña contó lo que estaba ocurriendo a su tutora del colegio, lo que activó el protocolo de protección. Posteriormente presentó una denuncia acompañada por su padre biológico. Cuatro días después se acordó el cambio de custodia y se prohibió al acusado acercarse o comunicarse con la menor.

La defensa recurrió la condena y pidió la absolución al considerar que no había pruebas suficientes y cuestionar la credibilidad del relato de la menor. El TSJCyL rechaza estos argumentos y considera que la Audiencia Provincial hizo una valoración “razonable, lógica y plenamente compatible con las reglas de la experiencia” de las pruebas practicadas.

La Sala destaca que la condena no se sustenta únicamente en el testimonio de la menor. Su relato estuvo acompañado por las declaraciones de sus padres, su hermano y su profesora, además de los informes de las psicólogas y de los peritos médico-forenses. El tribunal también señala que la niña contó uno de los primeros episodios a su madre, a su padre y a su hermano antes de presentar la denuncia formal.

El TSJCyL descarta además que la denuncia respondiera al supuesto deseo de la menor de irse a vivir con su padre biológico, como sostenía la defensa. La Sala considera que esa hipótesis no tiene respaldo en las pruebas y recuerda que el primer episodio ya había sido contado a familiares años antes de la denuncia, por lo que no aprecia una finalidad instrumental relacionada con el conflicto familiar.

La sentencia también subraya que la menor mantuvo sustancialmente el mismo relato durante todo el procedimiento. Las imprecisiones sobre las fechas concretas no se consideran relevantes, ya que los hechos se produjeron a lo largo de varios años, cuando tenía entre 10 y 12 años. Para el tribunal, lo relevante es que mantuvo de forma constante el relato sobre los tres episodios principales atribuidos al acusado.

La Justicia condena al hombre como autor de un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años. La sentencia considera que se trata de varios episodios integrados en una misma conducta continuada y que uno de ellos quedó en grado de tentativa. Además, aplica el agravante de haber abusado de la niña aprovechando la relación de convivencia y confianza. La pena impuesta es de cuatro años y siete meses de prisión, además de la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 200 metros y de comunicarse con ella durante el mismo periodo. También tendrá que cumplir dos años de libertad vigilada y tiene prohibido, durante cuatro años, ejercer cualquier profesión u oficio que implique contacto regular y directo con menores. El condenado deberá además indemnizar a la víctima con 5.000 euros.

La resolución del TSJCyL todavía no es firme. Contra ella cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.