Nuevas reglas de los Picos de Europa leoneses: guía de qué pueden hacer los vecinos y turistas desde ahora
El Parque Nacional de los Picos de Europa, el primero declarado en España (1918), llevaba dos décadas con una anomalía difícil de explicar en un espacio con la máxima protección que existe: sin un Plan Rector de Uso y Gestión plenamente en vigor tras la sentencia del Supremo que tumbó el de 2002.
El nuevo PRUG aprobado por Castilla y León en diciembre de 2025, tras múltiples promesas incumplidas, y que se espera que pronto repliquen Asturias y Cantabria en sus respectivos territorios protegidos del Parque Nacional, pone por fin negro sobre blanco la letra pequeña del día a día: desde por dónde puede circular un vecino hasta dónde puede vivaquear un montañero, qué pasa con las bicis, las mascotas, la escalada, las cuevas, las carreras, el baño e incluso la fotografía. Esta es la guía práctica para entender el ‘sí’, el ‘no’ y el ‘depende de autorización’ en Picos.
Durante años, Picos ha vivido con una paradoja: dentro del Parque, el visitante puede ser sancionado por hacer algo prohibido, pero la propia administración arrastraba un vacío normativo clave para la gestión diaria. El antecedente está en el PRUG aprobado en 2002, que quedó anulado por sentencia del Tribunal Supremo en 2005. Desde entonces no se había cerrado el círculo con un documento plenamente operativo.
La ‘biblia’ del Parque que faltaba
Ese vacío comienza a terminarse con el texto que se sometió a aportaciones en 2019 y, finalmente, con el PRUG aprobado por Castilla y León en diciembre de 2025. Tiene una vigencia de diez años y una zonificación que mantiene cinco grandes categorías (Reserva, Uso Restringido, Uso Moderado, Uso Especial y Asentamientos Tradicionales). Hay que recordarlo porque esa zonificación es vital. Asturias y Cantabria anuncian en el Patronato que esperan aprobar esta misma norma en 2026. Veremos.
La consecuencia práctica es tan vital como sencilla: donde antes había más margen interpretativo, ahora hay un catálogo estricto de actividades compatibles, incompatibles y autorizables. Y eso afecta tanto a quien vive dentro del Parque, porque en León hay dos municipios enteros (Posada de Valdeón y Oseja de Sajambre) como a quien llega un fin de semana a hacer la Ruta del Cares, la joya turística del espacio. Un recorrido donde, por cierto, no se recogen ahora restricciones relevantes, aunque hace pocos años se debatió imponer cupos de turistas o restricciones específicas para perros o niños, que la Junta de Castilla y León entonces rechazó de plano.
Antes de comenzar, queremos explicar que para la complejísima labor de resumen y comparación de normativa nos hemos ayudado en herramientas de IA no generativa, pero siempre con total supervisión final humana de la redacción de ILEÓN.
El mapa del ‘puedes’ y ‘no puedes’: la zonificación manda
Aunque el Parque se perciba como un continuo de valles, pistas y cumbres, el PRUG funciona por zonas.
- Asentamientos Tradicionales (ZAT): los pueblos y su entorno más humanizado. Aquí, en general, el tránsito por caminos públicos es libre, con excepciones de vías concretas que pasan a régimen de uso moderado.
- Uso Moderado (ZUM): donde se concentra gran parte del uso público ordenado (senderos, vías permitidas, instalaciones existentes, algunas actividades habituales).
- Uso Restringido (ZUR) y Reserva (ZR): el corazón más sensible. En ZUR el tránsito se limita a senderos y pasos tradicionales y el acceso motorizado queda muy acotado. En ZR, el nivel de limitación es máximo.
- Uso Especial (ZUE): infraestructuras y nodos de servicio (carreteras, equipamientos, etc.), con reglas propias.
En la práctica, muchas dudas cotidianas (llevar el perro suelto, ir en bici, dormir al raso, volar con parapente, grabar un vídeo, hacer una ruta con un guía, circular en vehículo por una pista) se responden con dos preguntas: en qué zona estás y si existe autorización, anexo o excepción aplicable.
Numerosos cambios en casi 25 años
El PRUG de 2025 no solo es más extenso: en varios puntos clave es más explícito y, en la práctica, más limitante que el marco de 2002. Y en algunos asuntos también cierra puertas que en el borrador de 2019, el que se expuso a información pública, aún aparecían con transitoriedades o más margen. Ejemplos importantes son estos siete puntos:
- Caza y pesca: prohibición clara
El giro en más de dos décadas ha sido radical: Antes no, pero ahora el texto prohíbe de forma explícita la caza deportiva y comercial y la pesca deportiva y recreativa, eliminando las excepciones transitorias que se contemplaban en el marco de 2019. Para vecinos y visitantes significa que estas prácticas dejan de estar en el terreno de lo discutible: son un ‘no’ directo.
- Dormir en el monte: vivaqueo más alto y más acotado
Quien conoce Picos sabe que el descanso de altura es parte de la cultura montañera. Pero el nuevo PRUG estrecha el marco. El vivaqueo al raso, permitido y vinculado a montaña y escalada, se concede hasta 3 noches y sólo por encima de 1.800 metros, ojo, con alguna excepción concreta. En cambio, la tienda de campaña solo se autoriza de forma excepcional por meteorología adversa o fuerza mayor, también por encima de 1.800 metros.
En 2002 el umbral era más bajo, 1.600 metros, y la fórmula era más flexible, permitiéndose montar y desmontar en torno a la puesta y salida del sol. Para el visitante ocasional, la norma nueva reduce el ‘improviso’; para el montañero habitual, obliga a planificar mucho mejor.
- Pruebas deportivas: de reguladas a casi prohibidas
El PRUG definitivo declara las pruebas y competiciones deportivas como incompatibles. ¿Totalmente? No, deja una ventana estrecha: la posibilidad de autorizar una edición anual de pruebas ya existentes si son de baja incidencia ambiental y sin cambiar trazados. Además, introduce evaluación ambiental tras el evento y el pago de una fianza, y veta con carácter general las pruebas en horario nocturno, salvo las ya recogidas en algunos anexos. Mejor consultar.
- Escalada: cierre total en Zona de Reserva
La escalada queda más ordenada por modalidades y zonas. La medida más clara: se prohíbe la escalada en todas sus modalidades en ZR. Se permite la escalada clásica, alpina y en hielo con carácter general, salvo algunas restricciones, y la deportiva solo en vías ya equipadas. Las vías ferratas e instalaciones similares se limitan a las áreas ZUM y ZAT.
- Bicicletas y e-bikes: a anexos y viales concretos
Sobre el uso de la bicicleta, deja de ser “lo que no moleste”, un detalle demasiado genético, para convertirse en “lo que esté recogido”:
- Bicis y artefactos sin motor: quedan restringidos a carreteras, caminos vecinales y viales específicos.
- Bicicletas eléctricas de pedaleo asistido: igualmente acotadas a carreteras y viales determinados. Claro que en 2002 esta modalidad era impensable.
Para el turista, esto significa que muchas pistas clásicas no entran automáticamente en el ‘sí’. Para el vecino, como auténtico medio de transporte, la clave será si el vial está incluido y en qué zona se encuentra.
- Cuevas y espeleología: autorización y lista cerrada
La espeleología con fines deportivos, turísticos o comerciales queda sujeta siempre a autorización previa y, además, a cavidades muy específicas. Es un modelo muy distinto al de hace dos décadas, donde este tipo de actividad aparecía más asociada a investigación o supuestos muy tasados.
- Mascotas: prohibidas en Reserva y Uso Restringido, y atadas en el resto
Otra de las normas que más se notan en la mochila del visitante porque igualmente este aspecto ha cambiado muchísimo:
- Queda totalmente Prohibida la entrada o presencia de cualquier animal de compañía en ZR y ZUR.
- En el resto del Parque, prohibido llevarlos sueltos, con excepciones (perros de salvamento, detección de venenos, mastines y vigilancia de ganado, etc.).
- En núcleos urbanos de ZAT, se aplicará el marco habitual municipal.
Qué pasa con los coches y con los vecinos
En un Parque donde dos municipios y todos sus pueblos sin excepción están íntegramente dentro del espacio protegido, la movilidad no es un asunto accesorio: es vida diaria.
El PRUG recoge que las personas que habitan en núcleos de población del Parque podrán circular por pistas del término municipal incluidas en los anexos correspondientes, y también por las adyacentes que comuniquen núcleos urbanos. Además, en ZUR se permite acceso motorizado para mantenimiento de infraestructuras de interés social y aprovechamientos tradicionales compatibles. Y también se contempla que los particulares puedan acceder a sus propiedades por las pistas que sean necesarias.
En la práctica, la novedad no es solo la regla, sino la seguridad jurídica: se reduce el “no sabemos a qué atenernos” que durante años han expresado vecinos y ayuntamientos.
Turistas: restricciones ya conocidas… y más letra pequeña
Se mantiene la lógica de limitar accesos de los visitantes privados en puntos sensibles, con amplios listados de carreteras y pistas reguladas que el PRUG establece. Y además, se añade como novedad, por ejemplo, la limitación de circulación nocturna fuera de ZUE y núcleos urbanos, salvo casos ligados a investigación o mantenimientos urgentes.
También se contempla que la administración pueda autorizar vehículos adaptados a nieve, como motos de nieve o similares, como apoyo a la gestión de actividades preexistentes o aprovechamientos compatibles sobre trazados aproximados de pistas.
Agua, baño, barrancos y actividades nocturnas
El PRUG entra a un nivel de detalle que afecta a actividades habituales tanto de verano como de fin de semana. Así, actividades como el barranquismo permanece sólo autorizable en tramos muy específicos que hay que localizar, mientras si cuando aprieta el calor a uno le pide el cuermpo un baño, debe saber que está permitido sólo en zonas de pueblo, con excepciones muy concretas, y zonas de Uso Especial (ZUE), por ejemplo a la vera de una carretera, sólo si la administración lo determina. Por cierto, cualquier actividades nocturna organizada está prohibida fuera de ZAT, con escasas excepciones, y en las mismas tan sólo con autorización previa de quien manda en el Parque.
Grabar, fotografiar, volar: más límites en la era del móvil
La fotografía de paisaje amateur se considera permitida, pero cuidado que el PRUG fija distancias que pueden sorprender. Por ejemplo, no se permite fotografiar o filmar dentro de un entorno mínimo de 200 metros de lugares de cría de las especies que estén amenazadas. Y tampoco en un radio de 150 metros alrededor de puntos de alimentación suplementaria de aves necrófagas como los buitres.
En cuanto a actividades de vuelo, el texto actualiza el marco para declarar el Parque como zona en general restringida. Existen ahora prohibiciones de sobrevuelo por debajo de alturas establecidas y afectando también a parapente, ala delta, salto base, aeromodelismo o incluso cometas.
Romerías, fiestas y pirotecnia
Hay una regla sencilla que aparece en el calendario festivo: queda totalmente prohibido el uso de pirotecnia durante romerías y otros eventos sociales o tradicionales en el Parque. Los incendios forestales son cosa muy seria, y aquí más.
Y es que en un territorio donde los incendios forestales forman parte de la triste memoria reciente, con dos gravísimos siniestros que entraron de lleno y sin control en agosto de 2025, y que la Junta aún ni siquiera ha cuantificado oficialmente, el uso del fuego queda sometido a una de las regulaciones más estrictas del nuevo Plan Rector.
La norma general prohíbe cualquier fuego al aire libre fuera de los núcleos urbanos, salvo supuestos expresamente contemplados por el PRUG, como quemas prescritas para el control de matorral y mejora de pastizales, vinculadas a la ganadería extensiva, que se consideran uso compatible pero solo con autorización administrativa, siempre con informe preceptivo de afección a la Red Natura 2000. La quema de restos de desbroce, cortas de leña o limpieza de fincas se permite en la Zona ZAT siempre bajo las condiciones fijadas por cada Comunidad Autónoma; fuera de estas zonas, cualquier quema requiere autorización expresa del Parque.
El PRUG incorpora además una medida automática: los terrenos afectados quedan acotados a todo tipo de aprovechamiento durante cinco años, sin necesidad de resolución administrativa. Ese cierre solo puede levantarse con autorización previa de la administración forestal competente y un informe de la Administración gestora del Parque, que será vinculante si resulta desfavorable.
Especial para los vecinos de Valdeón y Sajambre
Algunas de las lecturas más sensibles de la nueva norma afecta de lleno a los paisanos y paisanas de los dos municipios leoneses incluidos en el Parque: cómo se compatibiliza la conservación con las necesidades de un valle habitado.
El PRUG detalla con más precisión que nunca dónde puede autorizarse mantenimiento, reconstrucción o adecuación de construcciones existentes ligadas a usos agroganaderos, así como dónde se impide el cambio de uso a vivienda permanente, alojamiento rural, comercio o restauración. En el caso de dar de comer, se limita en general a supuestos muy concretos como refugios y solo en determinadas zonas del Parque.
También se determina qué desbroces son permitidos o autorizables y en qué periodos; los ámbitos donde no serán autorizables nuevas construcciones agrícolas, ganaderas o forestales (como los Verrundes en Sajambre, entre otros); y qué quemas se permiten, cuáles requieren autorización y cómo se acotan terrenos tras incendios.
Actualidad: inversiones, proyectos y el año 2026 como horizonte
La aprobación del PRUG llega acompañada de anuncios de gestión y también de presupuesto. Para 2026, la vertiente de la provincia leonesa, que depende de la Junta de Castilla y León, cuenta con 6,3 millones de euros dentro del presupuesto global del Parque, que suma en total 16,6 millones. Entre los proyectos destacados se han avanzado los siguientes muy concretos:
- 600.000 euros para una actuación ligada a la Ruta del Cares, buscando un trazado más seguro entre Posada de Valdeón y Caín, donde tradicionalmente tiene su origen.
- 700.000 euros de fondos europeos para un aparcamiento asociado al Centro de Visitantes de Posada de Valdeón, por fin ejecutado tras casi 25 años de retraso.
- Remate de miradores especiales, como Riega del Hoyo y Piedrashitas, que también tiene fondos europeos y llevan hasta una década de promesas incumplidas.
- Dos cuadrillas de mantenimiento forestal durante todo el año, una para Sajambre y otra para Valdeón, además del funcionamiento de los centros de visitantes ya por fin abiertos en los dos valles de la zona leonesa.
A la vez, el PRUG incorpora un elemento que los municipios miran con especial atención: el régimen económico y de compensaciones, con indemnizaciones por limitaciones concretas -como la caza, otra aportación económica con muchísimo retraso- y un sistema de inversiones compensatorias y subvenciones, además de un plazo de un año para solicitar indemnización desde la entrada en vigor o desde que se produzca la limitación. Veremos qué piden los dos municipios y qué conceden la Junta de Castilla y León y el Ministerio.