Está pasando: Hacienda está contactando con juntas vecinales y pequeños ayuntamientos rurales de toda España para exigirles el ingreso del IVA correspondiente, incluso con intereses de demora, por el beneficio económico que los pueblos extraían del hecho de alquilar sus terrenos como cotos de caza. Y no pocas entidades locales están llevándose las manos a la cabeza y también al bolsillo, temiendo que a sus cuentas públicas, muy escasas en algunos casos, se les haga “unos rotos tremendos”, como valora un experto jurista en este como en casos similares que a su juicio atenazan a la escala más baja de las administraciones públicas. Un caso más de David contra Goliat en una batalla que, al contrario que en el conocido mito, el gigante siempre gana.
La novedad tan negativa y por sorpresa para estos pequeños pueblos rurales, en algunos casos con un monte alquilado para los cazadores como uno de sus pocos recursos de ingresos, es que hasta ahora se acogían a que el IVA de este arrendamiento de suelo rústico era un concepto exento del pago de este Impuesto sobre el Valor Añadido, exento del 21% a mayores.
Un gran volumen de casos: el ejemplo de León
Sin embargo, el Tribunal Supremo les ha quitado definitivamente la razón, dándosela a la Hacienda pública. Ahora sus cuentas públicas dan un vuelco que muchas temen. Y hablamos de una cifra muy elevada: sólo en la provincia de León, por poner un ejemplo con la estadística al día, se contabilizan 1.343 cotos de caza a fecha de principios de junio de 2024 y un amplio porcentaje de ellos, que rondaría el 30%, están arrendados a sociedades recreativas, las propias juntas vecinales o particulares, algunas de ellas desde los años 80 del siglo pasado.
La sentencia definitiva
El pronunciamiento del Alto Tribunal, que zanja definitivamente la controversia al crear jurisprudencia, se produjo a finales del pasado año en el seno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en la sentencia 1645/2023 de 11 de diciembre. Se trataba de un recurso de casación, ya en última instancia, de la Abogacía del estado contra la sentencia favorable al pequeño ayuntamiento burgalés de Quintanilla del Agua y Tordueles, emitida en marzo de 2022 por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León por la devolución de 3.638,61 euros más intereses en concepto de cuota del IVA. A su vez, el TSJ se pronunció al recurrir el inicial rechazo a sus intenciones por parte del municipio, rechazo que había efectuado un año antes del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León.
Este último, como finalmente el Alto Tribunal, zanjaban que el pueblo no tenía razón y que debía pagar a la Agencia Tributaria el IVA de los contratos de arrendamiento de los terrenos públicos de las administraciones locales para aprovechamiento cinegético, al considerarse finalmente que la caza no puede ser considerada como una prestación de servicios de carácter agrícola o forestal, que sí están exentas de abonar ese impuesto. Y es que para el TS, es evidente que “tiene una finalidad de ocio y recreativa, aunque se desarrolle en el entorno rústico”. “La cesión por un tiempo determinado y mediante precio del aprovechamiento cinegético en el ámbito de una finca tiene adecuado encaje en el concepto de prestación de servicios mediante cesión de uso o disfrute de un bien, en este caso la caza”, determina ya sin vuelta de hoja.
Repercusión directa en toda España
De este modo, el pleito de Quintanilla del Agua y Tordueles por intentar evitar en vano pagar el IVA de los años 2018, 2019 y 2020 ha fijado una postura definitiva que Hacienda ya está aplicando de facto y con repercusión directa en toda España.
Para curarse en salud, la Federación de Caza de Castilla y León, tras conocerse la decisión del Supremo, recomendó curarse en salud a partir de ahora y licitar siempre con el IVA incluido los nuevos arrendamientos de cotos, incluso a pesar de que eso los pueda encarecer el 21% de manera automática.
Desde la Consultoría Ecourban de León, pionera y experta en apoyo a las administraciones más débiles en el escalafón, como son las pedanías, el abogado Carlos González-Antón reclama que ya es hora de que siempre se deje desamparadas a las corporaciones locales menores. Para ello, exige con carácter general “una Ley que sea clara desde el principio”, con las menos interpretaciones posibles, porque la experiencia dicta que son los pequeños pueblos los que siempre tienen “las de perder”.
“Es PIB para una provincia”
“Les hacen unos rotos tremendos”, valora el letrado, también secretario y fundador de Concejos, la Federación Leonesa de Entidades Locales Menores, organizada hace años para que la unión haga su fuerza. Y son unos rotos que sumados son de una muy elevada cuantía, con cifras como las de los 1.343 cotos operativos a día de hoy: “Esto es PIB para una provincia” como León, eminentemente rural.
González-Antón no habla de “amnistiar a las juntas vecinales” pero sí de corregir “mucha legislación que no se adapta a la realidad de las pedanías” y que fácilmente hace que acaben pagando los platos rotos de luchar contra gigantes. Es el caso del litigio aún pendiente también de pronunciamiento del Tribunal Supremo con el cobro de las líneas de las grandes compañías eléctricas que sobrevuelan, sin contraprestación alguna, los montes de utilidad pública, las propiedades que les quedan a los pueblos. “Permanentemente lo impugnan estas grandes empresas y ahí siguen las juntas vecinales: sin cobrar y con las eléctricas beneficiándose”.
Señala que las administraciones miran para otro lado sistemáticamente, como la Junta de Castilla y León, que mantiene “sin modificar, sin reglamento ni nada, desde 1998” una legislación tras importante como la Ley de Régimen Local autonómica.