Condenado a 89 años el minero leonés por el triple crimen de Degaña

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a una pena de 89 años y dos meses de prisión a José Manuel Álvarez por el triple crimen cometido en Degaña en la madrugada del 23 de mayo de 2011, según el fallo que ha facilitado a los medios el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), según publica www.asturias24.es.

En aquella fecha, según considera probado la sentencia, José Manuel Álvarez, minero, vecino de la localidad leonesa de Caboalles de Abajo y de 42 años, irrumpió en el domicilio de su exesposa y protagonizó un episodio violento que se saldó con las muertes de la nueva pareja, el hermano y el padre de la mujer, concejal socialista en el Ayuntamiento, que también resultó herida.

Tras ser declarado culpable por un jurado popular, la Audiencia de Oviedo le ha impuesto una pena de 89 años y dos meses y fija en esos 40 años el cumplimiento efectivo de la condena. El fallo incluye una larga lista de delitos: un asesinato consumado y otro frustrado, dos homicidios consumados y otro frustrado, un allanamiento de morada y un atentado cometido al embestir en su huida contra dos agentes de la Guardia Civil. El caso conmocionó a la opinión pública en Asturias y León tanto por la brutalidad de los crímenes como por la identidad de la exesposa del ahora condenado, Silvia Brugos, concejal del PSOE en el Ayuntamiento degañés.

Los hechos que los magistrados de la Sección Tercera dan por probados atribuyen al acusado el derribo de la puerta de la casa donde dormían las víctimas en la madrugada del 23 de mayo. La sentencia asegura que utilizó un mazo y se dirigió después al dormitorio que compartían su exmujer y su nuevo novio. En la oscuridad, por sorpresa y sin que las víctimas pudieran defenderse asestó 20 puñaladas con un cuchillo de monte al joven, que falleció finalmente de un golpe que recibió por la espalda y le atravesó el corazón. A continuación, Álvarez atacó a su exposa, de la que se había divorciado por mutuo acuerdo en 2009. Sin embargo, el minero nunca llegó a aceptar esa separación. A Brugos también le propinó varias puñaladas, pero no la mató. La joven consiguió encender la luz y pedir socorro a gritos.

El acusado intentó atropellar a los agentes de la Guardia Civil que le dieron el alto

Su padre y su hermano consiguieron echar de la casa al agresor, no sin que antes golpeara a su madre. Pero el ataque no acabó allí. Minutos después, Álvarez regresó a la vivienda, situada en el barrio de El Otero, superó la resistencia de su exsuegro, al que mató de una puñalada en el corazón y de su excuñado, al que también propinó varias cuchilladas que causaron su muerte, y atacó a su exsuegra mientras gritaba: “Muere, zorra, que eres la peor de todos”. Sus dos hijos, que entonces tenían seis y once años, presenciaron esa agresión a su abuela. El mayor también fue testigo de lo que siguió, según los jueces. El condenado volvió al cuarto de su ex y la apuñaló de nuevo varias veces a pesar de los ruegos del menor para que se detuviera. “Muere, maldita zorra”, repetía. Finalmente, tras otras frases del niño, salió de la casa, dañó los coches de las víctimas y escapó en su propio vehículo.

Una pareja de la Guardia Civil le dio el alto poco después. Álvarez detuvo la marcha, pero, en lugar de bajarse del coche, embistió con él contra los agentes cuando se bajaron de su todoterreno oficial. Estuvo a punto de arrollar a uno y llegó a colisionar contra una puerta del vehículo policial.

Rechazo a la versión del acusado

La sentencia recuerda que el acusado admitió su autoría y considera que el relato de los hechos que hace para exculparse resulta sesgado y carece de valor probatorio. Aunque el arma del crimen no ha aparecido, la Audiencia descarta su versión de que solo entró en la casa con un mazo, un destornillador y una navaja y señala que en su coche se encontró la funda de un cuchillo que concuerda con las características del arma que, según la investigación de la Guardia Civil, se empleó en los crímenes. Descarta también que el condenado padezca algún tipo de trastorno mental que le impida ser responsable de sus actos y las eximentes, alegadas por la defensa, de legítima defensa y miedo insuperable. Los magistrados apuntan que fue él mismo quien echó una puerta abajo e inició la agresión. Cuentan también con la grabación de la llamada de auxilio de Brugos al 112, en la que se pueden escuchar sus gritos de lástima durante el segundo ataque.

Por todos esos motivos, las penas contempladas en la sentencia suman 89 años y dos meses. Sobre ese periodo se calcularán los beneficios penitenciarios. En todo caso, el tribunal establece en 40 años el tiempo efectivo de condena y añade medidas accesorias. El leonés perderá la patria potestad sobre sus hijos y, además, no podrá establecerse en Degaña ni en Ponferrada cuando salga de la cárcel. Tampoco acercarse a menos de 500 metros de su exmujer o su exsuegra. Las multas e indemnizaciones en concepto de responsabilidad civil superan los 1,2 millones de euros. El condenado no tiene ese dinero. Los jueces ya han ordenado el embargo de su coche.