El TSJ ratifica la condena de 14 años de cárcel a un hombre que abusó sexualmente de dos niñas en León

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ratifica la condena en primera instancia de la Audiencia Provincial de León a 10 años y un día de cárcel a un hombre que abusó sexualmente y de manera reiterada de dos niñas de tres y diez años y desestima “íntegramente” su recurso.

La sala considera probado que el condenado J.M. se aprovechó de su condición de bisabuelastro y abuelastro de las menores para abusar de ellas ofreciéndoles chucherías a cambio. Los hechos juzgados este pasado mes de junio tuvieron lugar en 2019.

A la niña de tres años, “con evidente ánimo de satisfacer sus deseos sexuales”, le introdujo la mano en el interior de la ropa, le tocó su zona genital y llegó a introducirle el pene en la boca, indicándole que le daría chucherías por ello.

El abuso sobre la otra menor se empezó a producir cuando la niña tenía 10 años y se prolongó hasta que cumplió los 12. Cuando estaba a solas con ella y, “con propósito libidinoso”, le tocaba su zona genital con las manos, la mandaba tirarse al suelo y se tocaba los genitales delante de ella, la obligaba a tocarle a él la zona genital y a hacerle felaciones, 'premiándola' con chucherías. “En una ocasión llegó incluso a desnudarla e intentó penetrarla vaginalmente, no consiguiéndolo, si bien eyaculó encima de ella”, detalla la sentencia.

Por estos hechos la Audiencia Provincial de León condenó J.M. a diez años y un día de prisión como autor de un delito de abusos sexuales sobre menores de dieciséis años y a otros cuatro años, tres meses y un día de prisión por un delito continuado de abusos sexuales sobre menores de trece años. Asimismo, se le impuso una orden de alejamiento de ambas menores a menos de 200 metros durante once años en el primero de los casos y de cinco en el segundo. Además, del pago de las indemnizaciones de 6.000 y 8.000 euros, respectivamente, a las víctimas por daños morales y psicológicos.

El recurso de J.M. aducía una supuesta prescripción de los delitos de abuso sexual cometidos sobre las niñas, vulneración de la presunción de inocencia, acusaba a las menores de mentir para quejarse de que la resolución judicial no estaba “motivada, razonada y conforme a derecho” y pedía que se dictaminase en aplicación sustantiva de las normas penales vigentes a la fecha de los hechos, es decir la LO 15/2003 que resulta ser más favorable que la LO 5/2010.

La sala lo condena en costas, si bien contra esta nueva sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.