Un pedido de tabaco por WhatsApp acaba en los tribunales en León: condena de 43 euros y multa de 300 por estafa
Un pedido de tabaco por WhatsApp que nunca llegó ha acabado en los tribunales en León. La compradora pagó 43 euros en dos Bizum, esperó a que llegara el supuesto repartidor y, cuando comprobó que no había tabaco ni respuesta al otro lado del teléfono, denunció los hechos. La Audiencia Provincial de León ha confirmado ahora la condena del vendedor por un delito leve de estafa, que tendrá que devolver los 43 euros y pagar 300 euros de multa.
La historia comenzó el 3 de marzo de 2025, cuando la mujer contactó por WhatsApp con el condenado para comprar tabaco. No era la primera vez que hacía una operación de este tipo con ese número y, según declaró durante el juicio, las compras anteriores habían funcionado correctamente. Esta vez, sin embargo, el pedido se torció desde el principio.
El vendedor le pidió primero 20 euros mediante Bizum y después otros 23 euros, con el argumento de que necesitaba completar el pago para que un repartidor pudiera llevarle el tabaco. La mujer hizo ambos pagos. El repartidor, sin embargo, nunca apareció y el tabaco tampoco. Cuando intentó ponerse de nuevo en contacto con el vendedor, tampoco obtuvo respuesta.
La investigación permitió comprobar que el número de teléfono al que se hicieron los pagos y la cuenta bancaria que recibió el dinero estaban a nombre del acusado. El hombre negó haber participado directamente en la estafa y sostuvo que desconocía lo que estaba ocurriendo. También llegó a explicar que el dinero podía estar relacionado con una operación de compra de bitcoins.
El tribunal no da por buena esta explicación. La sentencia señala que no existía ningún contrato entre el acusado y la mujer para realizar una operación con criptomonedas y considera probado que recibió el dinero en su cuenta y que posteriormente dispuso de él. Para la Audiencia, aunque el condenado no hubiera sido quien contactó directamente con la víctima, prestó su teléfono y su cuenta bancaria para recibir los fondos y participó en el engaño.
De 900 a 300 euros de multa
La primera sentencia, dictada por el Juzgado de Instrucción número 4 de León, había impuesto al condenado tres meses de multa a razón de 10 euros diarios, lo que suponía 900 euros, además de la devolución de los 43 euros a la víctima. El condenado recurrió y pidió su absolución o, de forma subsidiaria, una reducción de la pena.
La Audiencia Provincial mantiene la condena por estafa, pero sí le da la razón en parte respecto a la multa. Considera que la jueza de primera instancia no explicó suficientemente por qué había impuesto la pena máxima prevista para este delito leve y, por ello, la reduce de tres meses a un mes de multa, manteniendo los 10 euros diarios.
La cuenta final de aquella venta de tabaco que nunca llegó se salda con la devolución de los 43 euros estafados a la víctima y 300 euros de multa. La resolución de la Audiencia Provincial de León, dictada este verano, es firme y contra ella ya no cabe recurso.