La Justicia concede mayor pensión de viudedad al ver responsable a un ayuntamiento leonés del suicidio de un funcionario
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha resuelto que la muerte por suicidio de un trabajador del Ayuntamiento de Onzonilla debe considerarse como contigencia profesional (accidente de trabajo), al entender que existió una relación directa entre el grave deterioro de su salud mental y la situación laboral y judicial que atravesaba en sus últimos meses de vida. Así, ordena a la Seguridad Social que rectifique el cálculo de la pensión de viudedad reconocida a su esposa, que aumenta de 1.441,41 euros al mes a 1.803,05 euros mensuales.
El tribunal ratifica un fallo previo del Juzgado de lo Social 3 de León, que ya había dado la razón a la viuda del trabajador y rechaza los recursos interpuestos por la mutua Fremap y el Ayuntamiento de Onzonilla, que consideraban que se debía mantener la calificación de contingencia común para el cálculo de la pensión. El TSJ considera acreditado que la situación vivida por el empleado municipal a partir de mayo de 2022, cuando fue suspendido cautelarmente de empleo y sueldo y se le abrió una investigación judicial relacionada con documentos municipales, provocó un agravamiento severo de su estado psicológico, que finalmente le llevó a quitarse la vida unos meses después.
En la sentencia se recoge un minucioso relato de la actividad profesional del trabajador vinculada al ayuntamiento ubicado en el Alfoz de León, así como su situación mental, que le llevaron a tratamientos y bajas por cuadros de depresión con ansiedad, aunque había desarrollado con normalidad su actividad laboral durante décadas. Pero en el año 2022 el trabajador fue denunciado, siendo detenido incluso en su puesto de trabajo, lo que llevó a la apertura de un expediente disciplinario y su suspensión cautelar, luego levantada por la justicia. Estos hechos llevaron a un deterioro directo, señalan las dos sentencias, de su salud mental.
El trabajador había sido detenido el 11 de mayo del 2022 acusado de haber firmado tres documentos que no debía, entre ellos un certificado de empadronamiento que suele firmar el alcalde, siendo imputado en una investigación judicial por un presunto delito de falsificación de documento público. El 18 de mayo de 2022 el Pleno del Ayuntamiento de Onzonilla aprobó incoar al trabajador un expediente disciplinario y suspenderlo cautelarmente de sus funciones. Al día siguiente el trabajador cogió la baja por un cuadro de depresión con ansiedad. El hombre falleció el día 21 de marzo de 2023 por una lesión autoinfligida. La suspensión de funciones que el impuso el Ayuntamiento de Onzonilla había sido declarada nula pocos días antes por un juzgado de lo social.
El TSJ sostiene que todos los hechos recabados en la causa indican que su situación laboral no se trata de una “ocasionalidad pura”, sino de una “ocasionalidad relevante”, figura jurídica utilizada cuando el trabajo o las circunstancias derivadas de él son condición determinante para que se produzca el daño. El tribunal subraya, además, que aunque el fallecimiento no ocurrió en el lugar de trabajo, sí estuvo vinculado al impacto emocional y psicológico derivado de los hechos sucedidos en el ámbito laboral. El trabajador había señalado sus problemas laborales como la causa de su situación mental, incluso mencionando la posibilidad de suicidio como salida a la situación.
Tanto Fremap como el Ayuntamiento de Onzonilla plantearon en sus recursos que la situación de deterioro psicológico del trabajador no se derivaba del trabajo sino de la investigación abierta en su contra. Pero el tribunal considera que no se han probado que otros factores pudieran explicar el suicidio y sí se señala el agravamiento de su salud desde mayo del 2022.
El tribunal explica que el trabajador tenía antecedentes por depresión desde hacía dos décadas pero que desde los hechos del mayo del 2022 se produce un drástico cambio en su estado clínico por lo que concluye que el trabajo está en la base de la decisión de quitarse la vida. Rechaza el argumento de la mutua de que el suicidio es un acto voluntario al que no se debe aplicar el concepto de accidente de trabajo pero el TSJ señala que la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que el suicidio puede ser accidente de trabajo si se produce por una situación de estrés o trastorno mental derivado de factores laborales. En este caso el “grave trastorno y grado de angustia” provocado por el conflicto laboral anuló esa supuesta voluntariedad libre
Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo y se condena al Ayuntamiento de Onzonilla y a la mutua a pagar las costas por valor de 600 euros.