Ecologistas se quejan de la Junta por su “inacción” ante la contaminación tras el incendio de RMD

Incendio instalaciones RMD 20-07-2015 - 03

Ecologistas en Acción de la provincia de León ha remitido a la Comisión Europea una queja contra la Junta de Castilla y León por su “inacción” durante dos meses después de conocer la contaminación de alimentos muestreados en el mes de agosto tras el “enorme”incendio de neumáticos registrado en julio en la planta de RMD en Ardoncino (León).

Según informaron los ecologistas a través de un comunicado, de los alimentos para el consumo humano se analizaron pimientos y uvas y también la hierba pastada por las ovejas, y el suelo. En el primer caso se encontró en la uva contaminación “con efecto dioxina” por encima de lo reglamentario, un contaminante que también apareció en la hierba por encima de la norma.

En este comunicado también se alertó de que la Junta, en lugar de tomar medidas preventivas y advertir de la contaminación a la población, el Ejecutivo autonómico “optó por el silencio” hasta encontrar unas muestras que dos meses más tarde arrojaron “niveles inferiores a los reglamentarios”. Mientras tanto se consumieron productos de la huerta, que también se comercializaron, y la uva se procesó para el vino. Ecologistas en Acción advirtió de que al ser tóxicos bioacumulativos “aunque no lleguen al nivel reglamentario, por consumo sucesivo o masivo pueden desencadenar en el organismo graves enfermedades”.

La queja a la Comisión Europea se centra en el incumplimiento de al menos cuatro normativas de la Unión Europea que versan “sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales”, “con objeto de limitar o impedir mayores daños medioambientales y efectos adversos para la salud humana”. En alguna de ellas se regula que “queda prohibida la puesta en el mercado de productos alimenticios que contengan contaminantes en proporciones inaceptables respecto de la salud pública y en particular desde el punto de vista toxicológico”, o que “los productos alimenticios que incumplan los contenidos máximos establecidos en el anexo no se utilizarán como ingredientes alimentarios”.

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