El Obispado de Astorga aparta temporalmente al sacerdote acusado de abusos sexuales y abre otra investigación

Ical

El Obispado de Astorga comunicó este martes la adopción de medidas cautelares impuestas al sacerdote Ángel Sánchez Cao después de recibir “noticias fundadas” sobre otro presunto abuso del sacerdote a un menor “en la misma fecha y lugar” a otro caso por el que ya fue investigado. Por ello, desde el Obispado se ha ordenado la apertura de una investigación preliminar que permita esclarecer los hechos, aunque para ello se ha decidido apartarle de las parroquias y del ejercicio público del ministerio, además de prohibirle mantener contacto con menores y con la propia víctima.

Según informó el Obispado de Astorga a través de un comunicado, estas medidas tienen carácter “provisional” y “no prejuzgan la culpabilidad o inocencia del demandado”. El sacerdote ya fue investigado por presuntos delitos de abusos a menores cometidos en el año 1980 en el Seminario de La Bañeza, un asunto sobre el que “aún no se ha recibido respuesta de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre el caso”, apostillaron.

De esta manera, desde la Diócesis de Astorga se puso de manifiesto su intención de continuar adoptando medidas que permitan “atender las denuncias” a pesar de que los casos conocidos “puedan estar prescritos civil y canónicamente” y prevenir abusos a menores siguiendo el protocolo establecido en la Diócesis. “Estos lamentables hechos no deben empañar la honorabilidad y el buen hacer de los sacerdotes del presbiterio diocesano que están entregando cada día su vida la servicio de Dios y de los hermanos”, recalcaron.

De la misma manera, el sacerdote de la Diócesis de Astorga, José Manuel Ramos Gordón, comenzará a cumplir mañana la pena impuesta por abusos a menores en un monasterio fuera de la Diócesis de Astorga. El sacerdote interpuso un recurso de reposición ante el obispo contra el decreto penal en el mes de septiembre obteniendo una respuesta negativa. Después de haber manifestado su intención de no ejercer el derecho al recurso de alzada ante la Congregación para la Doctrina de la Fe y una vez transcurrido el tiempo previsto por la ley, el caso ha pasado a ser “cosa juzgada”.

Por lo tanto, cumplirá la pena canónica que consiste en la prohibición del ejercicio del ministerio sacerdotal en público y en residir durante diez años en un monasterio o convento fuera de la Diócesis de Astorga.