El Gobierno exime del IRPF las ganancias patrimoniales derivadas de la dación en pago
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha introducido en el marco de la reforma fiscal que en el IRPF esté exenta la ganancia patrimonial derivada de la dación en pago de la vivienda habitual. Así lo explicó en rueda de prensa el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, quien señaló que estará exenta también la conocida como plusvalía municipal.
Además, Ferre explicó que se introducen cambios en el tratamiento fiscal del alquiler. La deducción para los propietarios que alquilen una vivienda se reduce al 50 por ciento desde el 60 por ciento actual y desde el 100 por 100 en el caso de que el inquilino sea menor de 35 años. El secretario de Estado aseguró que “la situación ha cambiado” en el mercado de alquiler, donde “se ha producido una mejora”, por lo que es conveniente limitar ese “tratamiento no neutral” que recibía.
Beneficios sociales
Los nuevos beneficios sociales, o impuestos negativos, que impulsará el Gobierno en el marco de la reforma fiscal para familias y personas con discapacidad serán acumulables hasta un máximo de 4.800 euros anuales. El Gobierno va a poner en marcha de una ayuda de 1.200 euros a las familias numerosas y personas con discapacidad. Las ayudas son acumulables para cada una de las situaciones familiares hasta un total de 4.800 euros.
Estas ayudas, recordaron desde el Ministerio, son compatibles con ayuda para madre trabajadores con hijos menores de tres años. En concreto, estas ayudas beneficiarán a familias con hijos dependientes con una discapacidad superior al 33 por ciento, así como a familias con ascendientes dependientes con discapacidad. Además, las familias numerosas continuarán siendo las que tengan tres o más hijos o con dos hijos, en el caso de que uno de ellos tenga una discapacidad del 33 por icneto.
El Gobierno contempla en la reforma una categoría especial de familia numerosa con varios supuestos. Así, se considerará especial una familia con cinco o más hijos; con cuatro hijos de los cuales tres sean parto o adopción múltiple; y cuatro hijos con ingresos familiares anuales no superiores al 75 por ciento del Iprem.
Discapacitados
La reforma también presta especial atención a las personas con discapacidad, realizando un “fuerte” aumento de los mínimos familiares exentos. De este modo, el mínimo familiar para las personas con una discapacidad de entre el 33 y el 65 por ciento será de 2.316 euros en 2014 y de 3.000 euros en 2015. Esta medida supone un aumento del mínimo exento del 29,5 por ciento.
Además, en el caso de las personas con una discapacidad menor del 65 por ciento con movilidad reducida, el mínimo crecerá también un 29,5 por ciento desde los 4.632 euros hasta los 6.000 euros. Por último, las personas con una discapacidad superior al 65 por ciento se beneficiarán de un mínimo familiar un 28,3 por ciento más elevado a pasar de 9.354 euros hasta los 12.000 en el año 2015.
Planes de pensiones
La reforma fiscal del Gobierno contempla limitar hasta los 8.000 euros anuales la aportación máxima a los planes de pensiones con derecho a deducción fiscal, desde los 10.000 en que se encontraba actualmente. Además, se crea un nuevo vehículo de inversión que se denominará “Ahorro 5”.
Entre sus principales características figuran la exención de rendimientos de capital y que se mantendrá como mínimo durante cinco años. Según la reforma, se propone la creación de Planes de ahorro a largo plazo como una alternativa a otros vehículos con beneficios fiscales.
Actividades culturales
El Gobierno impulsará incentivos a las actividades culturales en la reforma fiscal que el Ejecutivo aprobó en el Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes. Entre los que se aplicarán a las producciones cinematográficas españolas, destaca un tipo único aplicable al productor y al coproductor financiero, que será de un 20 por ciento respecto del primer millón, y de un 18 respecto del exceso, con un límite de tres millones de euros.
Por su parte, las producciones cinematográficas extranjeras recibirán una deducción del 15 por ciento de los gastos realizados en territorio español, con un límite de 2,5 millones de euros. Del mismo modo, el Gobierno establece que los gastos realizados en España deberán ser de al menos un millón de euros. A su vez, el Ejecutivo establece que este tipo de producciones podrá obtener la devolución anticipada.