El Gobierno considera que la sentencia del Constitucional “disipa las dudas” sobre la prohibición de la caza del lobo

Foto: lobo cazado en Castilla y León.

Agencia ICAL

El secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, entiende que la sentencia del Tribunal Constitucional que anula los artículos de la Ley de Caza de Castilla y León que consideraba al lobo especie cinegética, refrenda la respuesta del Gobierno y la nueva estrategia estatal para la conservación y gestión de esta especie protegida, así como su convivencia con el sector ganadero.

En declaraciones recogidas por Ical, Hugo Morán aseguró que la sentencia del TC, que resuelve el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno, “disipa las dudas que podía haber en relación con aspectos relacionados con la seguridad jurídica respecto a la gestión” del lobo y que añadió “ya estaban claras en el ámbito de las directrices de la Unión Europea”. “Ahora se consolidan con claridad en la legislación española”, apostilló.

Por otra parte, insistió el secretario de Estado, refrenda la respuesta en la que trabaja el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico desde hace ya meses, a través de la nueva estrategia estatal para la Conservación y Gestión del Lobo y su convivencia con las actividades del medio rural, en sus dos vertientes de coexistencia,la gestión medioambiental como el apoyo al sector ganadero que no pueden estar condicionados por fronteras administrativas.

“Es decir, no puede haber ni un trato diferente ni desigualdades entre comunidades autónomas. Así que estoy seguro de que tras todos estos meses de arduo trabajo en análisis y propuestas y con esta sentencia del Tribunal Constitucional que viene a respaldar la línea de trabajo, estamos en condiciones de aportar el marco de certidumbre y seguridad que unos y otros vienen demandando y al que tienen pleno derecho”, concluyó.

La Junta dice que “no tiene efecto práctico”

Por su parte, la Junta de Castilla y León defendió que la citada sentencia “no tiene efecto práctico” porque “no se puede cazar” esta especie en la Comunidad desde su introducción en el Listado de Especial Protección (Lespre), según informó el Ejecutivo en un comunicado.

También señala que “no es cierto” que el tribunal haya declarado la norma inconstitucional “en su conjunto”, sino unas “menciones que en ella se hace al lobo como especie cazable”.

Igualmente, la consideración del lobo como especie cazable en la Ley de Caza autonómica “tiene su base en que cuando se dictó, efectivamente, el lobo era especie cazable”, una cuestión que “admite el Tribunal Constitucional”. Recuerda la Consejería de Medio Ambiente que ha sido “una norma posterior”, la Orden Ministerial TED/980/2021, de 20 de septiembre, dictada por el Gobierno de España, la que introdujo al lobo en el Listado de Especies de Protección Especial, “la que ha impedido que el lobo se siguiese cazando al norte del río Duero”, motivo por el que el tribunal las califica de “menciones en inconstitucionalidad sobrevenida al considerar esa norma como básica derivada o anclada en la Ley del Estado 4/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, concluyendo que los preceptos impugnados vulneran el orden constitucional de distribución de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma”.

Por otro lado, la Junta valoró el anuncio de un voto particular por parte de dos magistrados del Tribunal Constitucional que han compartido la posición de la Junta: Enrique Arnaldo Alcubilla y Concepción Espejel Jorquera, que “mantenía en orden a que esa norma posterior no hacía a las menciones al lobo como especie cazable en la Ley anterior, como inconstitucionales, al faltar en la Orden Ministerial la condición de norma básica”.

Por ello, la Junta se enroca en que la base de esta problemática es “la acción del Gobierno de España” incluyendo al lobo en el Listado de Especies de Protección Especial e “impidiendo que el lobo sea especie cinegética al norte del río Duero, como la normativa europea permitía”. “Es una acción dañina para Castilla y León, para su ganadería y para la pervivencia de nuestro medio rural. Una acción frente a la que la Junta ha batallado y batallará, estando actualmente la Orden Ministerial recurrida por la Junta y por otras comunidades autónomas y entidades ante la Audiencia Nacional”.

Finaliza que este es el “verdadero problema” para Castilla y León, pues el lobo “ya no se podía cazar antes” de la sentencia del Tribunal Constitucional, que en ese sentido, reitera, “no tiene ningún efecto práctico”.

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