Nueva regulación de calles

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La nueva ordenanza que regula la circulación y estacionamiento en las calles de coexistencia de Trobajo del Camino entra en vigor este lunes, una vez concluida la campaña informativa y entregadas las tarjetas a los residentes. El Pleno del pasado mes de abril aprobó la ordenanza que regula las zonas de coexistencia y calles peatonales del municipio. En principio afecta a las calles La Ermita, Capilla, Urano, Plaza Las Arribas, La Parra y San Isidro (tramos entre Félix R. de la Fuente y Doctor Vega Fernández), Coso, Misericordia, Princesa, El Paso y Escuelas Viejas, todas ellas de Trobajo del Camino.

De acuerdo con la ordenanza sólo podrán circular por las calles de coexistencia los vehículos autorizados mediante una tarjeta acreditada colocada en el parabrisas: residentes, usuarios de garajes, servicios de urgencia, carga y descarga, y para acercar a persona mayores o con discapacidad. Por lo que se refiere a los estacionamientos, como norma general no se puede estacionar en las citadas calles, a excepción de los residentes con autorización y por un tiempo limitado.

El objetivo de esta ordenanza es mejorar la calidad de vida de las personas que viven en las zonas de coexistencia y calles peatonales, privilegiando el tráfico peatonal, ordenar el tráfico en dichas vías con el fin de evitar accidente y restringir el tráfico de vehículos, regulando así mismo las zonas de estacionamiento. No se han reducido las zonas de estacionamiento, si no que se han regulado sobre todo en las calles del casco viejo de Trobajo, que presenta calles muy estrechas. En todos los accesos existe una señal de circulación prohibida y solo podrán circular los vehículos con la tarjeta o identificación de autorización. La velocidad máxima de los vehículos es de 20 kilómetros por hora y solo se puede estacionar en los lugares señalizados.

Tarjetas de residentes

Las tarjetas de residentes, que permiten el acceso a las calles de coexistencia o peatonales, tendrán validez a lo largo de todo el año 2011. Deberán renovarse anualmente. La tarjeta de residente deberá colocarse en la parte interior del parabrisas delantero.

Podrán solicitar la autorización los residentes, propietarios de segunda vivienda, usuarios de garajes con entrada o salida a través de estas zonas que no sean residentes, personas con discapacidad y titulares de establecimientos. Los vehículos oficiales y en prestación de servicios de urgencia (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bomberos, Protección Civil, ambulancias y otros en servicio de urgencia) podrán acceder sólo por motivos de servicio y urgencia justificada. Los de empresas de servicios esenciales (telefonía, gas, agua...) podrán acceder a la zona por el tiempo necesario para realizar el servicio, debiendo quedar el vehículo estacionado fuera de la zona una vez descargado y/o cargado el material necesario.

En cuanto a los vehículos de carga y descarga, ésta queda limitada de lunes a sábado de 7,00 horas a 13,00 horas. Asimismo, los accesos a obras tendrán el mismo tratamiento que las operaciones de carga y descarga, con vehículos cuya masa máxima autorizada no sea superior a 3.500 kilos.

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