La Audiencia de León reabre la causa por el incendio de la planta de RMD en Ardoncino

Carlos S. Campillo / Ical. Incendio en la Planta de Reciclaje de Neumáticos de Ardoncino

Casi cuatro años después del incendio que asoló la planta de reciclaje de RMD en Ardoncino en el que ardieron 12.000 toneladas de neumáticos, la Audiencia Provincial de León ha decretado la continuación de las diligencias tras estimar un recurso de apelación interpuesto por Ecologistas en Acción que considera que “existen claros y numerosos indicios de grave imprudencia temeraria, y por ende de criminalidad”.

El Juzgado de Instrucción nº 2 de León, en marzo de 2018, había resuelto el sobreseimiento provisional y archivo de la investigación judicial. Se amparaba en la valoración de la analítica de alimentos de la zona afectada (uva, pimientos, hierba) y suelo, realizada por la Universidad de La Coruña, diligencia requerida por Ecologistas en Acción. En el citado auto, repitiendo las conclusiones del analista, la jueza consideraba que “los niveles de PCB similares a dioxinas se encuentran por encima de los niveles contemplados como umbral de intervención” –estipulados por la Comisión Europea-, y considerados estos análisis como “esenciales”, por la Juez, decretaba el sobreseimiento, sin más argumentos.

Contra esta decisión, la asociación Ecologistas en Acción interpuso recurso de reforma, alegando que la analítica citada había sido interpretada en sentido contrario al científicamente correcto, puesto que estos análisis, y la expresión del técnico analista, lo que realmente constataban era la alta contaminación de estas muestras, multiplicando varias veces el umbral estipulado, en PCBs similares a dioxinas, tóxicos muy peligrosos para la salud, altamente cancerígenos. El juzgado desestimó este recurso.

Ahora, la Audiencia Provincial de León ha admitido a trámite el recurso presentado por la asociación ecologista en el que ésta alegaba que aunque se desconocía la causa que originó el fuego, sí quedaba patente, según el atestado de la Guardia Civil, que el fuego se había originado en un inmenso montón, heterogéneo, de plásticos, colchones, cartones, entre otros, que se encontraba al lado de neumáticos incendiados, según declaraciones de los propios trabajadores.

El auto de la Audiencia de León señala que “hay indicios para continuar la causa penal contra el investigado como autor de un delito de incendio por imprudencia grave por ”comisión por omisión“ puesto que, estando obligado a ello, no controló los residuos que se almacenaban en su empresa y permitió que, próximos a las pilas de neumáticos fuera de uso se colocaran, al aire libre, con elevadas temperaturas y ausencia de humedad materiales heterogéneos como cartón, papel, plásticos, colchones, cristales, aerosoles etc., que llegaron a prenderse y propagarse a los neumáticos”. Materiales que la normativa prohíbe tener en el mismo espacio que las ruedas, y que resultaron necesarios para iniciar, ya imparablemente, el fuego en la montaña de neumáticos, también de tamaño excesivo.

En cuanto al delito contra el medio ambiente, la Audiencia de León añade que “la peligrosidad de la conducta y su idoneidad para causar daños resulta evidente en atención a la relevancia y entidad de las consecuencias que se derivaron” del incendio. Además, se constató la contaminación atmosférica y del agua.

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