El Comisionado de Transparencia reprende al Ayuntamiento de León por no colaborar

Detalle de una actuación musical callejera en la Calle Ancha. / Youtube

Antonio Vega

“Lamentamos que nos veamos obligados a resolver esta reclamación sin conocer el criterio del Ayuntamiento de León”. “En concreto la ausencia de remisión del correspondiente informe [...] dificulta conocer con detalle si la información solicitada existe o no”. “Esta falta de respuesta, además, supone un incumplimiento de la colaboración debida al Comisionado de Transparencia, en cuanto presidente de esta Comisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León”.

Estas son algunas de las afirmaciones de la resolución contra el Ayuntamiento de León fechada el 16 de enero y publicada en la web del Comisionado de Transparencia de Castilla y León (funciones que tiene asignadas el Procurador del Común, Javier Amoedo), referente a “la denegación presunta de varias solicitudes de información pública” sobre cuatro peticiones consecutivas sobre las actuaciones de la Policía Local, tanto de oficio como de instancia de parte, “con ocasión del posible incumplimiento de la actuación que tenga concedida por tocar en la Calle Ancha”.

En esas solicitudes, presentadas el 21 de marzo, dos el 20 de junio y una el 25 de julio de 2016 se solicitaba repetidamente “copia de los informes, partes y denuncias presentadas” y “el informe de las actuaciones llevadas a cabo por el Ayuntamiento respecto de tales denuncias”. El ciudadano no obtuvo respuesta alguna del Ayuntamiento de León y el 2 de septiembre reclamó amparo al Comisionado de Transparencia, que diez días después solicitó información a la administración municipal de la capital leonesa.

“Ni hemos sido informados en forma alguna”

“Sin embargo, el informe solicitado no ha sido recibido en esta Comisión de Transparencia”, informa la resolución. El Ayuntamiento de León tiene, por Ley, obligación de contestar “en el plazo máximo de un mes” las solicitudes de acceso a la información pública. Sin embargo, la propia legislación indica que el silencio administrativo es negativo; es decir, que si no contesta a la reclamación del ciudadano esta es rechazada. Aún así, el solicitante puede recurrir al Comisionado de Transparencia, que es la misma persona que ejerce el cargo del Procurador del Común de Castilla y León. En este caso concreto, el equipo del actual defensor del pueblo autonómico, Javier Amoedo, apunta que el silencio del Ayuntamiento de León a su petición “impide conocer si la información pedida existe o no”.

“En el caso que ha dado lugar a la presente reclamación, no se ha procedido de la forma indicada”, continúa la resolución del comisionado, “puesto que ni hemos sido informados en forma alguna por el Ayuntamiento de León”.

Por tanto, el defensor de la Transparencia y el Buen Gobierno en la autonomía resuelve “frente a las denegaciones presuntas de las solicitudes de información [...] concediendo la información pedida” en los términos que marca la Ley nacional.

El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de León es el responsable de velar por el cumplimiento de la legislación de Transparencia y Buen Gobierno, pero al negarse siquiera a responder al Comisionado de Transparencia de Castilla y León recibe la reprimenda de éste por vulnerar la Ley. Cosa que se suma al borrado de su web de los datos de tres años de pago a proveedores tras una petición de ileon.com por esta misma vía para que corrigieran un simple error.

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